Volver
Ahorro

¿Cuántas personas se pueden favorecer de un mismo plan de pensiones?

Las personas que pueden favorecerse de un mismo plan de pensiones son el titular del mismo y los beneficiarios del plan de pensiones que éste haya designado. 

Es fundamental saber que el titular es la única persona que puede designar a los beneficiarios y cambiar cualquier aspecto que tenga que ver con su plan de pensiones, como por ejemplo las aportaciones ocasionales, las cuotas periódicas o incluso su rescate.  

Sólo en el caso de fallecimiento del titular, serán los beneficiarios designados quienes podrán reclamar el rescate del plan de pensiones o, en su defecto, los herederos legales. 

¿Quién puede ser el beneficiario de un plan de pensiones? 

Los beneficiarios de los planes de pensiones son los propios titulares o partícipes del mismo. Es decir, llegado el momento de la jubilación, o si se produce alguna de las situaciones previstas por la Ley 12/2022, de 30 de junio, de regulación para el impulso de los planes de pensiones de empleo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre., sólo el partícipe podrá solicitar el rescate del mismo y, por tanto, beneficiarse del dinero que se ha ido ahorrando a lo largo del tiempo, más los intereses consolidados hasta la fecha.  

 

¿Quién es el beneficiario de un plan de pensiones en caso de fallecimiento? 

Los beneficiarios del plan de pensiones en caso de fallecimiento del titular del mismo pueden ser distintas personas, en función de lo establecido por contrato entre el titular y la entidad o compañía con la que ha contratado el plan de pensiones.  

Teniendo en cuenta esto, los beneficiarios pueden ser las siguientes personas:  

  • Si el titular del plan de pensiones ha establecido en contrato a sus beneficiarios, éstos serán quienes se beneficien del plan de pensiones en caso de su fallecimiento. Cabe destacar que el titular puede incluir y eliminar a los beneficiarios que considere a lo largo de toda la vigencia del plan de pensiones, siempre y cuando se lo notifique adecuadamente a la entidad o aseguradora con la que tiene contratado el plan de pensiones y firme el anexo correspondiente.  

Los beneficiarios designados, además, pueden ser tantos como el titular establezca, sin ningún límite establecido legalmente. Y, además, no tienen porqué ser familiares del mismo. Es decir, cualquier persona, siempre que el titular así lo desee, puede ser el beneficiario de su plan de pensiones.  

Es importante saber que el plan de pensiones no forma parte de la masa hereditaria, por lo que los herederos legales, si son diferentes de los beneficiarios designados, no pueden acceder a la cantidad económica del plan de pensiones. 

  • Es posible, también, que el titular haya designado como beneficiario del plan de pensiones a una persona jurídica, en cuyo caso será esta quien perciba el capital. 
  • Por otro lado, si no existen beneficiarios designados por contrato, pero sí testamento del titular del plan de pensiones, los herederos legales serán los beneficiarios. 
  • Si, por el contrario, no existen herederos designados ni testamento que designe herederos, los beneficiarios serán, en primer lugar, el cónyuge no separado legalmente, en su defecto, los hijos a partes iguales y, si éstos no existieran, los padres del titular y otros familiares directos como, por ejemplo, los sobrinos.  

Política de Cookies

Utilizamos cookies propias y de terceros necesarias para proporcionar nuestros servicios y mejorar y personalizar tu experiencia y seguridad durante la navegación, según se detalla en nuestra Política de cookies.

Personaliza y habilita las cookies seleccionando la opción Configurar.

También puedes deshabilitar todas las cookies opcionales que no afecten al servicio.

Selecciona Aceptar para confirmar que has leído y aceptado la información presentada y podemos activarlas.

¡Nosotros te llamamos!

Indicanos los siguientes datos para poder contactar contigo.

Opcional

Indícanos cuándo prefieres recibir la llamada, en horario de 9:00h - 21:00h.

Horario