¿En qué consiste la anulación o nulidad en un seguro?
A la hora de redactar el contrato o preparar una póliza de seguros pueden ocurrir errores humanos que pongan de manifiesto fallos o condiciones asociados a su forma. Esta clase de equivocaciones no debería haber ocurrido y, por tanto, con el fin de subsanarlas, se decide optar por la anulación de dicho contrato.
Cuando se producen este tipo de situaciones, se considera que la póliza nunca ha llegado a existir. En este caso, mientras la aseguradora perderá su derecho a cobrar cada una de las primas, el titular tampoco podrá reclamar las garantías establecidas previamente ni llegar a cobrar ninguna clase de indemnización, de acuerdo con las cláusulas que se hubieran firmado con anterioridad.
Sin embargo, es importante que hagamos un matiz en este punto. Cuando hablamos de nulidad de una póliza, no nos estamos refiriendo a que se elimine el contrato. Consideramos que el contrato nunca llegó a celebrarse y, por tanto, no ha existido en ningún momento. Adicionalmente, pueden producirse circunstancias que lleguen a generar efectos retroactivos en los contratos.
¿Cuál es la diferencia entre nulidad y rescisión?
Para facilitar su comprensión, vamos a explicar las diferencias existentes entre nulidad de una póliza de seguro y rescisión. Dos términos parecidos pero que guardan grandes variaciones. Cuando se produce una nulidad, como hemos dicho, ese contrato nunca ha existido. En este sentido, la aseguradora deberá devolver todas las primas que haya cobrado, mientras que el titular tendrá que hacer lo mismo con las posibles indemnizaciones que recibió.
De esta forma, el contrato nunca llegó a celebrarse y ambas partes se quedan de la misma forma. En cambio, cuando se produce la rescisión de un contrato, no hay efecto retroactivo, sino que empieza a operar desde la fecha en la que se hace efectiva. En este aspecto, todo lo que ha ocurrido con anterioridad, ya sean primas o indemnizaciones, se considerará válido.
Algunos ejemplos de nulidad en la póliza de un seguro
Una vez ya hemos explicado la parte teórica de este concepto, vamos a poner algunos ejemplos prácticos para poder entender algunas situaciones en las que puede llegar a producirse esta nulidad. Una de las más habituales es cuando se celebra el contrato para asegurar un bien que no existe o el perfil del asegurado que se ha creado no corresponde al real. Es primordial también que las aseguradoras cumplan con todos los requisitos legales, por lo que todos los contratos con entidades que no estén inscritas correctamente también serán considerados nulos.
En el caso de que haya algún tipo de mentira o mala intención de alguna de las dos partes, también procederá a anularse el contrato. Por ejemplo, en el caso de que, en un seguro de salud, el titular haya ocultado algún tipo de enfermedad preexistente que pudiera tener. Por otro lado, la compañía de seguros tiene la obligación de informar debidamente al tomador de todas las cláusulas existentes en el contrato.
En definitiva, la anulación de una póliza de seguro es una de las situaciones que pueden producirse en el marco de las suscripciones de estos productos y declarará nulo todo lo que haya pasado hasta ahora. El contrato nunca llegó a celebrarse y tanto la aseguradora como el cliente deberán devolver todo el capital económico que hayan recibido en forma de primas o indemnizaciones.